Autónomo

Los trabajadores por cuenta propia o autónomos tendrán la obligación de realizar sus trámites por vía electrónica, incluida la recepción y firma de notificaciones a partir del 1 de octubre

Los trabajadores por cuenta propia o autónomos tendrán la obligación de realizar sus trámites por vía electrónica, incluida la recepción y firma de notificaciones a partir del 1 de octubre.

Hasta ahora, solo los autónomos con trabajadores contratados debían estar incorporados al sistema RED, pero con la entrada en vigor el próximo 1 de octubre de la Orden Ministerial ESS/214/2018 de 1 de marzo, se obliga al conjunto de trabajadores autónomos con independencia de si tienen personal contratado o no, a formar parte del sistema:

• Trabajadores autónomos por cuenta propia o autónoma.

• Trabajadores del Sistema Especial de Trabajadores Agrarios (SETA).

• Trabajadores del grupo I del Régimen Especial de Trabajadores del Mar.

En dicha Orden se otorgaba un período transitorio de seis meses (entre el 1 de abril y el 1 de octubre) para que se fuesen adaptando a los cambios.

Para cumplir con esta obligación, los trabajadores autónomos pueden optar por gestionar sus trámites a través de un autorizado Red o directamente en la Sede Electrónica de la Seguridad Social (SEDESS). Dicha obligatoriedad se extiende a la recepción de las notificaciones, por lo que para su consulta y firma se deberá acceder al servicio correspondiente en la SEDESS.

Por esta vía, tendrán que realizar todos los trámites relacionados con afiliación, cotización y recaudación de cuotas. Se incluye la recepción de las notificaciones y comunicaciones de la Tesorería General de la Seguridad Social.

Para cumplir con la obligación tienes 2 canales: Puedes gestionar trámites relacionados con: Puedes obtener informes y certificados con validez legal frente a terceros: Otras gestiones que puedes realizar:

El Sistema RED (Remisión Electrónica de Datos). A través del cual, el autorizado RED actuará en representación del trabajador autónomo.

La Sede Electrónica de la Seguridad Social (SEDESS). El trabajador autónomo puede realizar directamente sus trámites con la TGSS a través de diversos servicios.

El alta y la baja.

Cambio de base de cotización.

Modificar la actividad.

Solicitud de modificación para el año próximo en la cobertura de contingencias RETA.

Cursar la variación de datos.

Duplicado de resolución de alta/baja en el Régimen

Especial de Trabajadores por cuenta propia o Autónomos.

Informe de bases y cuotas ingresadas.

Informe/Certificado de estar al corriente de las obligaciones con la Seguridad Social.

Duplicado de documento de afiliación.

Obtén tu informe de vida laboral.

Accede a tu informe de bases de cotización.

Cambia tu domicilio.

Comunica tu teléfono y correo electrónico.

Domicilia el pago de cuotas a la Seguridad Social.

Debes disponer de un sistema de identificación que garantice y asegure tu identidad para poder acceder a los servicios:

- Certificado Digital

- DNI electrónico

- Cl@ve