Catálogo Nacional de Cualificaciones Profesionales

Formación profesional



Real Decreto 705/2017, de 7 de julio, por el que se modifican el Real Decreto 140/2011, de 4 de febrero, por el que se complementa el Catálogo Nacional de Cualificaciones Profesionales, mediante el establecimiento de cuatro cualificaciones profesionales de la Familia profesional Sanidad, y el Real Decreto 1551/2011, de 31 de octubre, por el que se complementa el Catálogo Nacional de Cualificaciones Profesionales, mediante el establecimiento de cinco cualificaciones profesionales correspondientes a la familia profesional Agraria.

El presente real decreto modifica sustancialmente la cualificación profesional SAN488_3: «Asistencia a la atención clínica en centros veterinarios», cambiando su adscripción de la familia profesional Sanidad a la familia profesional Agraria, y sustituyendo el anexo correspondiente.

Se modifica parcialmente una cualificación profesional, mediante la sustitución de determinadas unidades de competencia transversales y sus módulos formativos asociados, incluidos en la cualificación profesional actualizada, recogida en el anexo de este real decreto.

Las Cualificaciones profesionales que se establecen corresponden a las familias profesionales Agraria y Sanidad y son:

Agraria: Asistencia a la atención clínica en centros veterinarios. Nivel 3. Anexo CDLXXXVIII.

Sanidad: Higiene bucodental. Nivel 3. Anexo CDLXXXIX. Salud ambiental y seguridad alimentaria. Nivel 3. Anexo CDXC. Tanatopraxia. Nivel 3. Anexo CDXCI.

Se sustituye el anexo CDLXXXVIII, en el que figura la cualificación profesional «Asistencia a la atención clínica en centros veterinarios». Nivel 3. SAN488_3, por el anexo del presente real decreto.

Se modifica el anexo DXXX quedando de la siguiente manera: «UC1586_3: Recoger muestras biológicas animales y realizar análisis de laboratorio» y el módulo formativo asociado «MF1586_3: Análisis de laboratorio en muestras biológicas animales. (120 h)», correspondientes al anexo «Asistencia a la atención clínica en centros veterinarios». Nivel 3. AGA488_3» del presente real decreto.

Entrada en vigor: 16/07/2017

Aquí está la publicación